Medidas especiales nivel III reforzadas en el ámbito de la Gerencia de Atención Integrada de Manzanares

RESOLUCIÓN DE LA DELEGACIÓN PROVINCIAL DE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD MEDIANTE LA QUE SE ADOPTAN MEDIDAS ESPECIALES NIVEL III REFORZADAS EN EL AMBITO DE LA GERENCIA DE ATENCIÓN INTEGRADA DE MANZANARES.

Vista la información de seguimiento epidemiológico sobre brotes comunitarios COVID-19 que ponen de manifiesto que la GAI de Manzanares se encuentra en un escenario de transmisión comunitaria muy intensa, lo que exige reforzar las medidas de Nivel 3, en vigor ya en estos momentos en 4 de los 6 municipios integrados en la GAI:

-Manzanares

-Membrilla

-La Solana

-Llanos del Caudillo

-Únicamente en los municipios de Alhambra y San Carlos del Valle no ha sido necesario adoptar medidas complementarias a las de Castilla-La Mancha, no obstante, la proximidad y los vínculos sociales y económicos de estos municipios con los demás, especialmente con Manzanares, suponen un riesgo de extensión de la situación epidémica Desde las 0:00 h. del 8 de Enero de 2021 durante 10 días se adoptan las siguientes medidas:

1. Aplicar en todos los municipios de la GAI de Manzanares las medidas de Nivel 3 descritas en el documento general de medidas de control en municipios y zonas de Castilla-La Mancha, de la Instrucción 15/2020 de 21 de diciembre de 2020 de la Dirección General de Salud Pública, si bien reforzadas con las medidas descritas a continuación:

2. Proceder al cierre de bares, cafeterías, pub y similares.

3. Cierre de locales de juego y apuestas, bingos y establecimientos similares.

4. Suspensión de todo tipo de actividades culturales y de ocio que supongan la participación o presencia de más de 6 personas, tales como cines, teatros, conferencias y otros.

5. Cierre de centros y superficies comerciales. Se exceptúa de esta medida los establecimientos situados en dichos centros dedicados a la venta de productos de alimentación, higiene y otros productos esenciales, así como el pequeño comercio.

6. Cierre de gimnasios, saunas y otros recintos de práctica del deporte y la educación física.

7. Adelantar el toque de queda desde las 22:00 horas de cada día hasta las 07:00 horas del día siguiente.

8. Ordenar el confinamiento perimetral de todos y cada uno de los municipios integrantes de la GAI.

9. Mantener estas medidas durante un mínimo de 10 días a partir de la aprobación de este informe, prorrogables en función de la evolución de la situación epidemiológica.

10. Mantener una estrecha vigilancia de los indicadores epidemiológicos ante la posibilidad de que, si no se observara una mejoría sensible, hubiera que reforzar las medidas establecidas.

Se recomienda a la ciudadanía:

La limitación de los encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable, el uso obligatorio de mascarilla y el mantenimiento de la distancia de seguridad.

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