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13:00 y de 16:30 a 18:30 y te explicaremos como realizarlo.

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Nota informativa sobre la actividad cinegética en Castilla La Mancha

Se declara la caza de las siguientes especies, una actividad necesaria, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2 del Decreto 66/2020, de 29 de octubre, del Presidente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, como autoridad delegada dispuesta por el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por la SARS-CoV-2.

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Respuestas a Preguntas Frecuentes sobre las medidas especiales Fase III

REPUESTAS A PREGUNTAS MAS FRECUENTES MEDIDAS NIVEL III REFORZADAS Y RESTRICCIONES LIBERTAD DE CIRCULACIÓN Y MOVILIDAD EN HORARIO NOCTURNO EN LOS MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA DE CIUDAD REAL.

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Comunicado de la Hermandad de Donantes de Sangre de Ciudad Real

Anuladas las extracciones del día 13 y 14 de Enero en Membrilla hasta nuevo aviso, por el cierre perimetral y la alta incidencia de Covid en nuestro municipio. Os mantendremos informados

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Publicado el Decretro que regula la libertad de circulación de las personas en horario nocturno y se limita la entrada y salida de personas en el término municipal.

Limitación de entrada y salida de personas de los términos municipales de Manzanares, Membrilla, La Solana, Llanos del Caudillo, Alhambra y San Carlos del Valle (Ciudad Real).
1. Se restringe la entrada y salida de personas de cada uno de los términos municipales de Manzanares, Membrilla, La Solana, Llanos del Caudillo, Alhambra y San Carlos del Valle (Ciudad Real), salvo para aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados, que se produzcan por alguno de estos motivos, enumerados en el artículo 6.1 del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de
infecciones causadas por el SARS-CoV-2:
a) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
b) Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.
c) Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil.
d) Retorno al lugar de residencia habitual o familiar.
e) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
f) Desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes.
g) Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.
h) Renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables.
i) Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables.
j) Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
k) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.
2. No estará sometida a restricción alguna la circulación en tránsito a través del término municipal.

Limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno en los términos municipales de Manzanares, Membrilla, La Solana, Llanos del Caudillo, Alhambra y San Carlos del Valle (Ciudad Real).

En los términos municipales de Manzanares, Membrilla, La Solana, Llanos del Caudillo, Alhambra y San Carlos del Valle (Ciudad Real), la hora de comienzo de la limitación prevista en el artículo 5 del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, es a las 22:00 horas y la hora de finalización de dicha limitación es a las 7:00 horas.

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Medidas especiales nivel III reforzadas en el ámbito de la Gerencia de Atención Integrada de Manzanares

RESOLUCIÓN DE LA DELEGACIÓN PROVINCIAL DE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD MEDIANTE LA QUE SE ADOPTAN MEDIDAS ESPECIALES NIVEL III REFORZADAS EN EL AMBITO DE LA GERENCIA DE ATENCIÓN INTEGRADA DE MANZANARES.

Vista la información de seguimiento epidemiológico sobre brotes comunitarios COVID-19 que ponen de manifiesto que la GAI de Manzanares se encuentra en un escenario de transmisión comunitaria muy intensa, lo que exige reforzar las medidas de Nivel 3, en vigor ya en estos momentos en 4 de los 6 municipios integrados en la GAI:

-Manzanares

-Membrilla

-La Solana

-Llanos del Caudillo

-Únicamente en los municipios de Alhambra y San Carlos del Valle no ha sido necesario adoptar medidas complementarias a las de Castilla-La Mancha, no obstante, la proximidad y los vínculos sociales y económicos de estos municipios con los demás, especialmente con Manzanares, suponen un riesgo de extensión de la situación epidémica Desde las 0:00 h. del 8 de Enero de 2021 durante 10 días se adoptan las siguientes medidas:

1. Aplicar en todos los municipios de la GAI de Manzanares las medidas de Nivel 3 descritas en el documento general de medidas de control en municipios y zonas de Castilla-La Mancha, de la Instrucción 15/2020 de 21 de diciembre de 2020 de la Dirección General de Salud Pública, si bien reforzadas con las medidas descritas a continuación:

2. Proceder al cierre de bares, cafeterías, pub y similares.

3. Cierre de locales de juego y apuestas, bingos y establecimientos similares.

4. Suspensión de todo tipo de actividades culturales y de ocio que supongan la participación o presencia de más de 6 personas, tales como cines, teatros, conferencias y otros.

5. Cierre de centros y superficies comerciales. Se exceptúa de esta medida los establecimientos situados en dichos centros dedicados a la venta de productos de alimentación, higiene y otros productos esenciales, así como el pequeño comercio.

6. Cierre de gimnasios, saunas y otros recintos de práctica del deporte y la educación física.

7. Adelantar el toque de queda desde las 22:00 horas de cada día hasta las 07:00 horas del día siguiente.

8. Ordenar el confinamiento perimetral de todos y cada uno de los municipios integrantes de la GAI.

9. Mantener estas medidas durante un mínimo de 10 días a partir de la aprobación de este informe, prorrogables en función de la evolución de la situación epidemiológica.

10. Mantener una estrecha vigilancia de los indicadores epidemiológicos ante la posibilidad de que, si no se observara una mejoría sensible, hubiera que reforzar las medidas establecidas.

Se recomienda a la ciudadanía:

La limitación de los encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable, el uso obligatorio de mascarilla y el mantenimiento de la distancia de seguridad.

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