Oferta de empleo para la contratación de 15 personas desempleadas

Para ser admitidos al proceso selectivo los aspirantes deberán reunir  los siguientes requisitos, en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias:

  1. Podrán tomar parte en este plan las personas desempleadas inscritas con una antigüedad mínima de 2 meses en alguna Oficina del servicio competente en materia de empleo de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha,  con plena disponibilidad, (preferentemente eventuales agrícolas afiliados al Sistema Especial de la Seguridad social por cuenta ajena) debiendo estar en esta situación  tanto en el momento de gestionarse la oferta por estas Oficinas, como en la posterior contratación, sin perjuicio de las especialidades previstas en esta Orden.
  2. Tener cumplidos los 18 años de edad y no exceder, en su caso de la edad máxima de jubilación forzosa.
  3. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
  4. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea española deberán, igualmente no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
  5. Están excluidos las personas que a fecha de finalización de presentación de solicitudes no reúnan los requisitos establecidos en la normativa de aplicación para formalizar un contrato de trabajo.
  6. En ningún caso podrán ser contratados con cargo a este Plan de Empleo más de una persona por unidad familiar, salvo que no hubiese otras personas demandantes de empleo y existieran puestos a cubrir.
  7. Quedan excluidos los desempleados que hayan sido contratados por este Ayuntamiento en planes de empleo en los 12 meses anteriores a la realización de la selección, salvo que no puedan cubrirse  las plazas ofertadas con los solicitantes presentados.
  8. Los aspectos curriculares de los desempleados tales como formación académica, experiencia laboral, etc. podrán establecerse como requisito de selección pero no serán puntuados salvo para resolver empates derivados del cómputo de los criterios socioeconómicos y laborales.

Los requisitos establecidos en este apartado deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y gozar de los mismos en el momento de ser llamados para cubrir el puesto de trabajo de que se trate.

 A partir de lo expuesto,  teniendo en cuenta lo previsto en el Plan Especial de Empleo de Zonas Rurales Deprimidas año 2017          tendrán prioridad absoluta las mujeres víctimas de la violencia de género, y los propuestos por los Servicios Sociales municipales, previo informe de estos,  en ambos casos.

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